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Desafortunadamente en la Argentina, la liquidación de expensas
no configura un documento contable pasible de significado
jurídico, lo cual significa que ni hay un modelo reglamentado a
nivel nacional ni lo que en ella aparece reflejado puede
considerarse una rendición parcial de cuentas.
Al menos así lo considera cierta jurisprudencia nacional que,
más allá de defender los derechos del consumidor de propiedad
horizontal termina defendiendo a quien ha cometido ilícito.
No obstante la impunidad que configura la deficiencia jurídica
argentina para los delitos de índole comercial que siempre
termina premiando a quien se atreve a infligir las reglas, lo
correcto es establecer reglas de juego claras y basadas en la
honestidad y transparencia contable y financiera.
Por esa razón —e independientemente de los usos y costumbres—,
las liquidaciones de expensas deben reflejar -en todo momento-, no sólo
el estado financiero del Consorcio, sino también, el movimiento contable
de cada uno de los copropietarios con respecto a sus expensas
y el
estado de los convenios u otros acuerdos financieros pactados
por dentro o por fuera de lo rutinario.
La Liquidación Mensual de
Expensas debe contener los siguientes datos:
a. Datos del Administrador: Nombre, domicilio, teléfono, C.U.I.T
b. Datos del Consorcio: C.U.I.T. y Clave de
Identificación en el Sindicato Único de Trabajadores de
Edificios de Renta y Horizontal (SUTHER).
c. Nombre y Cargo del Personal del consorcio:
indicando
categoría del edificio, Nro. De C.U.I.L, sueldo básico, horas
extras detalladas, periodo al que corresponde el pago, detalles
de descuentos y aportes por cargas sociales a cargo del
consorcio.
d. Detalle por suministros, servicios y abonos a contratistas:
Nombre de la empresa, dirección, Nro. de C.U.I.T., Nro. De Matricula, trabajo realizado, elementos
provistos, importe total y en su caso, cantidad de cuotas y
número de cuota que se abona.
e. Detalle de pagos por seguros: indicando nombre de la
compañía, numero de póliza, tipo de seguro, elementos
asegurados, fechas de vencimiento de la póliza y número de la
cuota que se abona.
f. Recibo o Factura del administrador: C.U.I.T., situación fiscal, importe total y periodo al que
pertenece.
g. En caso de existir juicios por cobro de expensas o por otras
causas en los que el Consorcio sea parte, se indicara en la
liquidación mensual todos los datos del mismo (numero de juzgado
interviniente y expediente, carátula, objeto y estado) y capital
reclamado.
h. Resumen de movimientos de la cuenta bancaria del
Consorcio correspondiente al mes anterior.
Véase también
Norma IRAM 65.006 |
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