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En casi todos los Reglamentos de Copropiedad y Administración consta
un ítem que deberá ser llevado a cabo por el administrador en la
Asamblea General Ordinaria
(anual) y que apunta a:
Lamentablemente, y a la fecha, no existe una reglamentación a escala
nacional que imponga, de hecho, una forma a seguir para la Rendición
de Cuentas en donde el Administrador presentará un informe
de su gestión (el balance) y el Plan General de Gastos estimativo
para el año por venir.
Sin embargo, un Balance (o rendición anual de cuentas), mínimamente deberá
contener estos datos:
-
Razón social o nombre y apellido del Administrador responsable -
Nº de CUIT
-
Nº de matrícula (si está inscrito en el Registro Público de
Administradores del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires) -
Dirección, Teléfono y otros medios de contacto -
Firma del Administrador responsable
El Balance anual debe reflejar, como mínimo, el volcado de las entradas y salidas de
dinero debidamente arqueado, ya sea en forma mensual o bien,
discriminado por Rubros y Cuentas.

Algunos balances
trasladan la totalidad del Libro de Caja y otros, simplemente, se
conforman en entregar una fotocopia de dicho Libro de Administración
adjunto a los arqueos mensuales.
Estado de Saldos

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